Autor: Pedro L. Pascual

A


ACTA ÚNICA EUROPEA:

Firmada los días 17 y 28 de febrero de 1986, entrando en vigor el 1 de julio de 1987. Incorpora una importante reforma del TCEE (Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea), además del fortalecimiento de la capacidad de decisión de la Comunidad y el lanzamiento de un programa destinado a la realización, para 1993, de un verdadero mercado único. También se introduce en el Acta única la necesidad de cooperación entre las políticas económicas y monetarias de los Estados miembros como un paso más hacia la consecución de la unión económica y monetaria.

ARDITE:

Es la moneda de cobre de 1,6 gr., introducida en Barcelona por Felipe III en sustitución de los viejos doblers y acuñada durante el s. XVII en las diferentes localidades de Cataluña. Los ardites existen desde 1610. Siguen con Felipe IV y Luis XIV y se conoce una emisión de Lamprodón. En 1736, 44 de ellos se igualaban a 1 real castellano de plata. Los últimos de la especie se labraron en 1754 y 1755 en Segovia, para circular exclusivamente por Cataluña. Los últimos que se editaron pesaban 3 gr. y 22,5 y equivalían a 1 real de plata.

ÁREA EURO:

Bajo esta denominación se hace referencia a los Estados miembros de la Unión Europea en los que el euro ha sustituido a sus respectivas monedas nacionales y que cuentan con una misma política monetaria, dirigida por un Sistema Europeo de Bancos Centrales en cuyo núcleo se encuentra el Banco Central Europeo.

ÁREA ESTERLINA:

Se refiere al conjunto de países (excepto Canadá) que formaron parte del imperio británico y son ahora miembros de la Commonwealth con los que la antigua metrópoli ha mantenido lazos comerciales preferenciales y la libra era la única moneda pago, manteniendo estos países parte de sus reservas de esterlinas en entidades financieras británicas.

AS:

Moneda utilizada e introducida por los romanos en España. Estas monedas, bastante grandes y de gran grosor, estaban fabricadas en bronce.

 

B


BANCO CENTRAL EUROPEO (BCE):

Es el órgano central del Sistema Europeo de Bancos Centrales y sucesor del Instituto Monetario Europeo. Se constituyó en mayo de 1998. Tiene personalidad jurídica propia y goza de total autonomía en el ejercicio de sus funciones básicas con respecto a los Estados miembros y los otros órganos comunitarios.

Sus objetivos son:

a. Primordialmente, mantener la estabilidad de precios.
b. Sin prejuicio de lo anterior, apoyar las políticas económicas generales en la Comunidad (desarrollo equilibrado de las actividades económicas, crecimiento sostenible y alto grado de convergencia de los resultados económicos).

En cuanto a sus funciones, son:

• Definir y ejecutar la política monetaria.
• Autorizar las emisiones de billetes y fijar su volumen.
• Realizar operaciones de cambios de divisas.
• Promover el buen funcionamiento del sistema de pagos.
• Contribuir a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y del sistema financiero.
• Ser consultado acerca de cualquier proyecto comprendido en el ámbito de sus competencias.
• Recopilar información estadística necesaria para cumplir estas funciones.

En lo que respecta a su organización, está compuesta por:

a. Consejo de Gobierno, integrado por el Comité Ejecutivo y los Gobernadores de los bancos centrales de los países miembros de la UEM.
b. Comité Ejecutivo, integrado por el presidente, un vicepresidente y cuatro vocales.
c. El Consejo General, del que forman parte tanto el Comité Ejecutivo como los Gobernadores de los bancos centrales de los países de la Unión Europea.

BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI):

Representa la institución financiera de la Unión Europea (UE), cuya función es conceder préstamos a largo plazo para facilitar la realización de inversiones de capital y conseguir de esta manera un equilibrado desarrollo económico de la UE. Cada proyecto de inversión es analizado minuciosamente por el Banco para verificar su conformidad con las políticas de la UE, su justificación económica y medioambiental, y su viabilidad financiera y técnica. Si bien la Unión Europea es el área donde mayoritariamente destina su actividad, el BEI también colabora financieramente en las políticas de cooperación de la UE con más de un centenar de terceros países.

BLANCA:

Moneda de vellón de Castilla que empezó probablemente en tiempos de Don Pedro I y duró hasta los Reyes Católicos.

C


CALDERILLA:

Término aplicado en España, despectivamente, a las monedas de cobre, por la decadencia de las piezas de este metal y sus abundantes falsificaciones, hechas con chapas de caldero.

CECA:

Siglas de la Comunidad Económica del Carbón y el Acero. Otra acepción es la de lugar en el que se acuña moneda.

CENT:

Céntimo de euro. Es la unidad monetaria fraccionaria más reducida del euro.

CÉNTIMO:

Se llamaba así a la centésima parte de la unidad en el sistema de la Unión Monetaria Latina. En España se adoptó esta modalidad en 1868 y se acuñaron piezas de cobre de 10, 5, 2 y 1 céntimo.

CÉNTIMO DE ESCUDO:

También denominado «décima» bajo el reinado de Isabel II por ser equivalente a la décima del real.

CÉNTIMO DE PESETA:

Moneda de cobre que se inició por el Gobierno Provisional de 1870, las últimas emisiones corresponden al reinado de Alfonso XIII.

CÉNTIMO DE REAL:

Las emisiones de esta moneda se iniciaron en 1854 bajo el reinado de Isabel II y se mantuvieron hasta 1864.

CORNADO:

Nombre vulgar de la moneda denominada «dineros de vellón», desde Sancho IV de Castilla en adelante. Éste acuñó en un principio los cornados seisenes. En 1286, 10 cornados hacían 1 maravedí y 8 cornados 1 sueldo. Los sucesores de Sancho IV acuñaron esta moneda cada vez de peor ley. Por el ordenamiento de Tordesillas el cornado pasó a ser la sexta parte del maravedí. En 1497 fue la moneda de Navarra en esta época y bajo el rey católico existen medios cornados denominados «negretes». Carlos I acuñó los medios cornados y bajo Felipe II se dio la licencia de acuñación de los cornados navarros en 1574, estos cornados valían 2 dineros o 1/2 maravedí.

CROAT:

Moneda de plata barcelonesa, acuñada desde Pedro III en 1285 hasta Felipe V. Los croats se llamaban también dineros de plata barceloneses. Su nombre proviene de la cruz grande que llevan en el reverso.

CUÁDRUPLE DINERO:

Esta moneda fue aprobada por Felipe V, en 1707 después de la toma de Zaragoza. No se sabe si llegó a acuñarse.

CUARTILLO:

Moneda de vellón castellano de varias épocas. Felipe II dispuso que fueran de ley de dos dineros y medio y dos granos, con valor de un cuarto de real.

CUARTOS:

Denominación que se aplicaba a las monedas de 4 maravedís. Aunque este nombre estuvo en uso desde el siglo XV, no se acuñaron monedas que llevaran expresamente esta denominación hasta 1808. Fue durante la dominación napoleónica cuando se labraron en Barcelona monedas de 1, 2, 3 y 4 cuartos.

D


DENARIO:

Es la moneda de plata romana y la más popular de la República y posteriormente del Imperio.

DINERO:

Se trata de una convención humana por la que se elige un signo determinado al que se da valores de cambio concretos aceptados por todos y que permite realizar más fácilmente las transacciones en los mercados.

El dinero tiene tres funciones básicas:

• Ser instrumento de pago.
• Ser unidad de cuenta, es decir, permite la expresión de los valores monetarios de las cosas objeto de intercambio.
• Ser activo de reserva, es decir, que puede guardarse en depósitos para efectuar cualquier pago o inversión en el momento que se desee.

Por lo que respecta al dinero como signo se puede distinguir históricamente entre:

• Dinero mercancía, es decir, el dinero que estaba hecho normalmente de algún metal, cuyo valor facial está ligado al valor de mercado de ese material (ya no circula este tipo de dinero).
• Dinero fiduciario. Dinero cuyo valor depende del grado de confianza de la gente en utilizarlo como medio de pago, aunque no esté respaldado por ningún material sujeto a comercio y en el que el valor facial no guarda relación con el valor material en sí mismo.

DINEROS:

Moneda de plata y cobre usada en Castilla en el s. XIV y que equivalía a 2 cornados.

DINERO ALFONSÍ:

Es el dinero de primera emisión de Alfonso X en Castilla en 1252, también se le denominaba dinero burgalés, moneda blanca y moneda de la Guerra Primera de Granada. El Rey lo tasó en 90 dineros de maravedí, en otros documentos también aparecen como 15 sueldos de maravedí siendo entonces el sueldo de sólo 6 dineros.

DINERO DE VELLÓN:

Típico de Europa occidental durante la Edad Media, elaborado por una aleación de plata y cobre. Su origen arranca de la degeneración de los dineros de plata carolingios. En España aparecieron los primeros dineros de vellón en la segunda mitad del s. XI en Cataluña, Aragón y Navarra.

DINERO DOBLENC:

Fue emitido por Jaime I de Aragón, en 1215 y se acuñó en Barcelona en 1221.

DINERO FIDUCIARIO:

Reciben esta denominación todos los billetes y monedas que están en circulación con un valor determinado. El término fiduciario se emplea para indicar que el emisor da fe de su valor. La circulación de las monedas y billetes se basa precisamente en la confianza que los ciudadanos depositan en el emisor, en cada caso. No tiene un valor fijo de conversión como, en su día, sucedió con el oro.

DINERO JAQUÉS:

Es el nombre genérico del dinero de vellón aragonés. Se nombra por primera vez en la segunda mitad del siglo XI bajo Sancho Ramírez (1063-1094). Más tarde se emitió en Huesca. Bajo el reinado de Alfonso II esta moneda todavía era de la ley quaternal.

DINERO LEONÉS:

Es el acuñado en la ciudad de León desde que Alfonso VI fundó esta ceca.

DINERO PRIETO O NEGRO:

Es el acuñado por Alfonso X en Castilla en 1258, contados como 7 1/2 sueldos de maravedí. En 1271 se acuñaron los segundos prietos contados a 5 sueldos de maravedí.

DINERO QUATERNAL:

Es el dinero de vellón que tiene 4 dineros de ley, o sea, 1/3 de plata. En Barcelona existió desde Ramón Berenguer (1067) hasta 1221.

DINERO TERNAL:

Es el dinero de vellón de 3 dineros de ley, es decir, con 1/4 de plata. Jaime I el conquistador instauró esta moneda en Aragón en 1234.

DOBLA DE ORO:

Moneda medieval de oro castellana. Existía también la dobla de la banda que se caracterizaba porque su ley era inferior a la de las demás.

DOBLE DINERO:

Esta moneda se empezó a labrar en Barcelona después de la muerte de Carlos II, por sus partidarios. Todas las piezas conocidas son dineros Jaqueses o ardites, las hay fechadas en 1700, 1701, 1707 y 1711.

DOBLÓN:

Moneda antigua de oro que tuvo diferente valor según las épocas. El doblón de Felipe II tenía un peso de 6,75 gr. Y una ley de 22 quilates. Equivalía a 20 reales de plata ó 700 maravedís y circuló como especie internacional. En España fue acuñada en Castilla, Aragón y Valencia. Con Felipe IV se acuñó también en Cataluña y en América en 1627 y fue la moneda de oro más antigua del nuevo mundo. Con Carlos II se cotizaba en 60 reales de vellón. Bajo Isabel II fue la moneda de oro más importante y se denominó «ochentín». En 1848 con la implantación del sistema del real de vellón dejó de acuñarse.

DOCE DINEROS:

Moneda de cobre de Mallorca, acuñada durante la guerra de la Independencia (1812), con peso de 7,28 gr y el valor de 1 sueldo insular.

DUCADO:

Moneda de oro que tuvo su origen en Venecia en el siglo XIII, esta moneda fue imitada por diferentes estados europeos.

DURILLO:

Medio escudo de oro de la casa de Borbón, hasta Fernando VII.

DURO:

Real de a ocho de plata y luego 20 reales, posteriormente moneda de 5 pesetas.

E


ECU (EUROPEAN CURRENCY UNIT):

El nombre de ECU respondía a las iniciales en inglés de unidad de cuenta europea. Se trataba de una moneda cesta cuyo valor estaba en función del de las monedas que la componía. Ha sido hasta el 31 de diciembre de 1998 unidad de cuenta del Sistema Monetario Europeo y de los documentos jurídicos y financieros de la Unión Europea. A partir de esa fecha y en la paridad de 1 a 1 ha sido sustituido por el euro. Nunca se acuñaron monedas de ECU, salvo para ocasiones conmemorativas y para coleccionistas. Tampoco se emitieron billetes en esta unidad monetaria.

ESCUDITO:

Es el nombre que se le dio al medio escudo de oro. El primer escudito fue acuñado en el Reino de Mallorca bajo Carlos II. En 1737 fue acuñado en Castilla con valor de 18 reales de vellón y 28 maravedís. En 1742 se realiza una nueva emisión con un valor de 20 reales de vellón por lo cual se denominó «durillo». También se denominó «veintén» y «coronilla» siendo hasta el reinado de Fernando VII la única moneda de oro provincial, puesto que sólo se acuñaba en España. Con Isabel II perduró su existencia en el sistema de real de vellón y en el sistema del escudo de plata.
Desapareció al implantarse el sistema de la peseta en 1868.

ESCUDO:

El escudo fue tasado en 10 reales de plata y 350 maravedís y por esta razón durante mucho tiempo se denominó escudo de plata al conjunto de 10 reales de este metal. Bajo el reinado de Felipe II tenía un valor de 400 maravedís y se acuñaron sus múltiplos, doble escudo (doblón). Bajo Felipe IV apareció la moneda de 8 escudos u onza. En este reinado y en el de Carlos II, el ingenio de Segovia labró esporádicamente centenes (100 escudos).

ESCUDO DE NAVARRA:

Fue la moneda de oro acuñada por Juan II. También la acuñó Fernando el Católico con un peso de 3,97 gr.

ESCUDO DE ORO:

Se trata de una moneda de oro que se acuñó por vez primera en el año 1535 en Barcelona.

ESCUDO DE PLATA:

Moneda que se acuñó en Cataluña en 1642 por Luis XIII.

ESCUDO DE PLATA 2:

Moneda que se acuñó en Barcelona en 1534 destinada a los expedicionarios de Túnez.

ESTERLINA:

Medida de peso inglesa de 1/16 de onza. Moneda inglesa, de plata en su origen, cuyo nombre deriva de sterling, es decir, plateado.

EUR:

Abreviatura de euro.

EURO:

Es el nombre de la moneda única de 11 países de la Unión Europea, que a partir del 1 de enero de 1999 se ha convertido en la unidad de sus sistemas monetarios nacionales respectivos. Se eligió este nombre porque simboliza Europa y es fácil de pronunciar en todas las lenguas europeas.
En cuanto a los medios de pago legales, se emitirán billetes por valor de 500, 200, 100, 50, 20, 10 y 5 euros, y monedas por valor de 2 y 1 euro y de 50, 20, 10, 5, 2 y 1 céntimo de euro
La fijación del tipo de conversión del euro se realizó el 31 de diciembre de 1998 y tiene efecto desde el 1 de enero de 1999, desde esta fecha el euro se utiliza como moneda contable. Desde el 1 de enero del 2002 se convierten en moneda real para ser usada en pagos en metálico.
En el reverso las monedas tienen el mismo motivo: mapa de Europa con las 12 estrellas simbólicas de la Unión Europea, el valor correspondiente a la moneda (ejemplo 10 cents) y el año de acuñación.
En el anverso de las monedas euro cada país ha elegido uno o varios motivos nacionales. En España, se han elegido tres motivos: la efigie del Rey Juan Carlos I, para las monedas de 1 y 2 euros; la efigie de Miguel de Cervantes en las de 10, 20 y 50 céntimos; y para las de 1, 2 y 5 céntimos la fachada del Obradoiro de la Catedral de Santiago de Compostela.
En el diseño de los billetes de euro se representan elementos arquitectónicos (ventanales, pórticos y puentes) de siete épocas de la cultura europea. Cada billete contiene el nombre de la moneda en caracteres latinos y griegos y la bandera de la Unión Europea. Los billetes y monedas tienen formas, colores y tamaños característicos para que puedan ser fácilmente identificados por el usuario y, en especial, por los discapacitados visuales.

EXCELENTE:

Moneda castellana de oro. Fue hecha acuñar por los Reyes Católicos.

EXCELENTE DE GRANADA:

Moneda de oro equivalente al ducado castellano de los Reyes Católicos, acuñada después de 1497.

I


INFORME WERNER:

Fue elaborado por un comité de expertos financieros y monetarios presidido por Pierre Werner, primer Ministro y Ministro de Hacienda de Luxemburgo. Este informe se elaboró como consecuencia de la Conferencia de jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros de la Comunidad Europea, celebrada en La Haya en 1969, en la cual se estableció el primer pronunciamiento expreso a favor de la creación de una unión económica y monetaria y se cursó el mandato de estudiar las posibilidades de una evolución de la Comunidad hacia la misma.

L


LA PESETA:

Como unidad del sistema monetario nacional la peseta inició su andadura con la reforma económica y monetaria que puso en marcha el gobierno provisional tras el destronamiento de Isabel II. Su valor era equivalente al del franco de la Unidad Monetaria Latina, en la que participaba España. En cuanto a su nombre, unos autores piensan que el término peseta proviene del diminutivo catalán de «peça» (pieza); otros autores, por el contrario, afirman que proviene del «peso» americano.
En las primeras acuñaciones de la peseta aparecía en el anverso la diosa Hispania sosteniendo una rama de olivo y apoyada en el Peñón de Gibraltar; en el reverso figuraba el escudo con las columnas de Hércules y en el que se podía leer la inscripción «Gobierno Provisional».

¿Qué se ha podido comprar con una peseta a lo largo de este tiempo?
En 1910 2 kg de pasta italiana
En 1930 una barra de pan
En 1940 un tebeo
En 1950 200 gr de arroz
En 1960 1 billete de metro
En 1970 1 chicle

LA RUBIA:

Peseta formada por una mezcla de bronce y aluminio, que daba un tono ocre a la moneda.
En 1948 apareció por primera vez Franco en el anverso, y en el reverso se añadió al escudo de los Reyes Católicos, el yugo y las flechas.
Desapareció en 1977 al establecerse los nuevos tamaños y aleaciones.

LIBRA:

Es la moneda de curso legal de numerosos países, entre ellos, dos pertenecientes a la Unión Europea: Gran Bretaña e Irlanda. En Gran Bretaña se la denomina «esterlina», hasta 1971 se dividía en 20 chelines, cada chelín equivalente a 12 peniques.

M


MANCUSO:

Moneda árabe de oro y de plata, que circuló en el Rosellón, Cerdeña y Cataluña del siglo IX hasta el XII.

MARAVEDÍ:

Nombre dado por los cristianos españoles al dinar almorávide de oro. En 1086 se introduce esta moneda en la península y en el siglo XII Castilla recibía de Murcia los «morabetinos lopinos» en calidad de tributo. Al cesar estos envíos, Alfonso VIII inició en Toledo (1172) emisiones equivalentes en árabe, son los «morabetinis Alfonsinis».
Fernando II y Alfonso IX lo acuñaron más tarde en León, Salamanca y Santiago. Cuando Fernando III adoptó la dobla como unidad el maravedí queda reducido como unidad de cuenta, pero Alfonso X lo resucita con el sistema argénteo. Seis maravedís de plata equivalían a 1 de oro y 7 a una dobla. Estas monedas desaparecieron en el mismo reinado y entre los años 1258 y 1286 se produjo un proceso por el cual el maravedí de plata se transformó en moneda de cuenta equivalente a 10 dineros de vellón. Desde los Reyes Católicos la moneda fiduciaria se emitió con cierto valor en maravedís. Desde la pragmática de 1566 se consignó siempre el valor de la moneda en maravedís. Con Carlos III se introdujo el último tipo de maravedí (1770) que se mantuvo hasta Isabel II (1848). En 1854 el Gobierno dispuso sustituir la contabilidad en maravedís por la de céntimos.

MARCO:

Peso monetario dividido en 8 onzas, una onza en 24 dineros, un dinero en 24 granos y un grano en 4 cuartos.

MARÍAS:

Monedas españolas de «real de a ocho» de 22 gr., que se llamaban así porque en el reverso había un monograma de María.

MONEDA:

La palabra moneda tiene diversas interpretaciones, derivación del latín «monere», en el sentido de advertir, de prevenir a propósito del peso y del valor de la pieza. Otros atribuyen el término a una divinidad romana «Juno Moneta», que tenía su templo en el Capitolio. En este templo se instaló la ceca en el año 269 a. JC. Según otros estudiosos la palabra deriva de un vocablo púnico que significa campamento, ejército.

MONEDA ARTIFICIAL, IMAGINARIA O DE CUENTA:

Es la moneda que se usa como unidad de cuenta para algunos contratos y cambios. No precisa de su existencia como moneda corriente.

MONEDA DE CANTÓN:

Monedas emitidas durante la Primera República por la Junta de Salvación Pública del Cantón de Cartagena. Se emitió cantonal y medio cantonal, que eran piezas de plata de duro y medio duro.

MONEDA FIDUCIARIA:

Es aquella que representa un valor facial, es decir, un valor expresado externamente sin guardar relación con el valor material con el que está hecha y que, normalmente, no tiene respaldo en un metal determinado.

MONEDA FRACCIONARIA:

Es la moneda de menor valor en relación con otra u otras del mismo sistema.

MONEDA NACIONAL:

Con esta acepción se hace referencia a la moneda de cada país de la zona euro anterior a la introducción del euro y que pervivirá hasta el final del período transitorio en el 2002.

MONEDA QUATERNAL:

Es la moneda con sólo 1/3 de plata.

MONEDA TERNAL:

Era la moneda con sólo un 1/4 de plata.

O


ÓBOLO:

Moneda medieval, de plata y de vellón, su valor era de medio dinero.

ONZA:

Moneda de oro, pieza de 8 escudos.

P


PACÍFICO:

Se trata de la moneda de oro y plata barcelonesa y aragonesa. Acuñada por primera vez después de la derrota del Ejército del condestable de Portugal en 1465

PELUCONA:

Nombre dado vulgarmente a las onzas de algunos reyes españoles del siglo XVIII, porque presentaban sus bustos con una gran peluca.

PERRA:

Denominación popular de la moneda de cobre del Gobierno Provisional por el león del reverso. Sinónimo de cuartos y de dinero.

PESETÓN:

Moneda de plata de Alfonso XII, que tenía un valor de dos pesetas.

PREMIO:

El poseedor de una moneda de plata al cambiar ésta por otra de vellón exigía un «premio» como suplemento que le garantizase el cambio. Durante el reinado de Carlos IV (1768-1808) se denominaban «vales reales».

PRINCIPAT:

Moneda de oro acuñada por Fernando el Católico en 1493 a la ley de los ducados venecianos.

R


REAL:

El real fue creado por Pedro I con ley de 11 dineros y peso de 3,48 gr. Su valor era de 3 maravedís. Bajo el Rey Juan II su valor pasó a ser de 7 maravedís. La crisis que siguió al reinado de Enrique IV obligó a los Reyes Católicos a realizar la primera reforma monetaria (1475) en la cual la plata se manifestó con reales y valor de 30 maravedís. En la segunda reforma llevada a cabo en 1497 alcanzó un valor de 34 maravedís. Todos los múltiplos del real de los Reyes Católicos aparecen en el reinado de Carlos I. La inflación monetaria de los s. XVI y XVII supuso que Felipe IV redujera el peso a 2,75 gr. Paralelamente se había instaurado el real de vellón con un valor de 34 maravedís que era el de los reales reducidos. Felipe V emitió dos especies de reales y dispuso que el más fuerte valiese 85 maravedís y el débil 68.
El real desapareció en 1864 al instaurarse el sistema del escudo de plata, pero como la pieza acuñada tenía un valor de 10 céntimos de escudo, es decir, la cuarta parte de la peseta, el pueblo continuó llamando real a cualquier moneda que costase esta cuarta parte. Por este motivo a las dos especies de 50 céntimos de la posguerra se las seguía llamando dos reales, ya que eran la mitad de la peseta.

REAL DE VELLÓN:

Unidad de cuenta que fue creada en España hacia 1642 y que tuvo un valor constante de 34 maravedís. Se creó con el fin de resolver la contabilidad ante la fuerte subida del oro y la plata. Desde José Bonaparte se convirtió en la moneda efectiva de plata. Desapareció con Fernando VII y renació con Isabel II, sobre todo desde el año 1848; en él pasó a ser la unidad del sistema del real de vellón. Desde 1864 se convirtió en la unidad de cuenta confundiéndose con la especie real. Como desde 1737 fue la vigésima parte del real de a ocho y la cuarta parte del real de a dos o peseta, en adelante se identificó con las monedas que tuvieron este valor.

S


SISTEMA BIMETALISTA:

Se trataba del sistema monetario basado en dos metales, oro y plata, entre los que se establecía una equivalencia permanente y en el que la circulación de monedas tanto en oro y en plata como billetes de banco respaldados por depósitos constituidos en ambos metales, servían como medios legales de pago.

SISTEMA DE LA PESETA:

Es el sistema monetario constituido por el Gobierno Provisional de 1868 que está basado en los acuerdos de constitución de la Unión Monetaria Latina y que tiene como unidad monetaria la peseta.

SISTEMA DEL ESCUDO DE PLATA:

Surge con una Ley de 1864 y como un último fin para conseguir un sistema armónico y decimal entre los tres metales.
Por otro lado, era necesario un cambio de unidad monetaria debido al poco valor del Real de Vellón, tomándose como unidad el escudo de plata.

SISTEMA DEL REAL DE VELLÓN:

Este sistema tiene lugar según un Real Decreto de 1848. Su finalidad principal era acabar con el cambio desfavorable que tenían los cinco francos franceses que circulaban por España. También se pretendía llegar a una relación decimal entre las monedas de los diferentes metales.

SISTEMA MONETARIO EUROPEO (SME):

Establecido en 1979, el Sistema Monetario Europeo se basaba en los compromisos por parte de los países participantes en el mismo de mantener la estabilidad de su divisa dentro de unas bandas de fluctuación previamente fijadas, obligándose en caso de divergencia a intervenir en el mercado de divisas.

Se componía de los siguientes elementos:

• Una moneda propia de referencia, el ECU.
• Dos bandas de fluctuación, una estrecha de ± 2,25%, y otra ancha de ± 6%. Tras la crisis del Sistema en 1992 y 1993, la banda se amplió con carácter general hasta el ± 15%.
• Un indicador de divergencia, que señalaba el grado de desviación existente dentro de las bandas de fluctuación entre el tipo de cambio de mercado de cada moneda con el ECU y el tipo de cambio central establecido de esa moneda con el propio ECU.
• El acceso a créditos a corto y muy corto plazo concedidos por el FECOM, así como a medio plazo, que aprobase el Consejo de Ministros, de aquellos países con menor volumen de reservas que le impidiese intervenir en los mercados de divisas.

SISTEMA MONETARIO EUROPEO BIS (SME – BIS):

Nombre con el que se conoce el mecanismo de cambios que regulará la paridad del euro con la de las monedas del mecanismo de cambios actual que no participen en la divisa europea. Hoy por hoy sólo afectaría a la corona danesa y al dracma griego porque la libra y la corona sueca no están integradas en el mecanismo de cambios del SME.

SOBERANO:

Moneda inglesa de oro de Enrique VII, fue creada en 1489.

SUELDO:

Proviene de la palabra «solidus», compacto, macizo. El solidus (sólido, sueldo) era una moneda de oro del Bajo Imperio romano que sustituyó al áureo a partir del año 306 d. JC. El sueldo tiene relación con el término soldado, es decir, aquel que percibe el sueldo (soldado) a cambio de sus prestaciones militares.

T


TIPO DE CAMBIO:

Por tipo de cambio se entiende el precio de una moneda en función de otra, es decir, el número de unidades que se han de entregar de una moneda para poseer otra.
Hay cuatro categorías de tipo de cambio:

• Tipo de cambio fijo, cuando se establece que la equivalencia entre una moneda con respecto a otras será siempre la misma.
• Tipo de cambio fijo ajustable. Es el tipo de cambio fijo que puede variar dependiendo de las necesidades económicas que tengan las autoridades de un país.
• Tipo de cambio libre. Es el que fija el mercado como consecuencia de la conjunción de oferta y demanda.
• Tipo de cambio oficial. Es el que establecen las autoridades, especialmente en países con controles de cambios y moneda no convertible, donde la compra y venta de divisas está controlada directamente por órganos administrativos.

TIPO DE CAMBIO CENTRAL BILATERAL:

Es la paridad central entre cualquier par de divisas del Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC) del Sistema Monetario Europeo (SME), a partir de la cual se define el margen de fluctuación.

TIPO DE CONVERSIÓN:

Se dice del tipo de cambio fijo e irrevocable de cada moneda participante en la tercera fase de la UEM con respecto al euro y que estableció el Consejo de Ministros de Economía y Hacienda el 31 de diciembre de 1998. En el caso de la peseta se determinó el tipo de conversión en 166,386 pesetas por euro.

TIPOS OFICIALES:

Son los tipos que dan a conocer los Bancos Centrales tras el término de la jornada de cotización en los mercados de divisas. En la zona euro son los publicados por el Banco Central Europeo, a los que el Banco de España ira añadiendo durante el período transitorio el contravalor en pesetas.

TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (TUE):

Se le denomina también Tratado de Maastricht. Fue aprobado por el Consejo Europeo de Maastricht en diciembre de 1991 y firmado en esta misma ciudad en febrero de 1992, habiendo entrado en vigor el 1 de noviembre de 1993.
Tiene por objeto la constitución de una Unión Europea basada en una comunidad que evolucione hacia la unión económica, monetaria, y en la cooperación intergubernamental para ciertos ámbitos.

TRATADO DE MAASTRICHT:

«Tratado de la Unión Europea» que recoge el objetivo de la Unión Económica Monetaria. Firmado en febrero de 1992 en Maastricht, determina los criterios de convergencia para la participación en la Unión Económica y Monetaria.
Establece acuerdos de cooperación política y de seguridad, sientan las bases para implantar una moneda única, el euro, y se fija el camino a seguir.

TRENTÍN:

Moneda de oro con los bustos de los Reyes Católicos acuñada en Barcelona durante los reinados de Felipe III y Felipe IV, el valor de esta moneda era de 30 sueldos.

TRESETA:

Tras la centralización de Felipe V, se llamaba así a las diversas monedas de vellón de la Corona de Aragón y Navarra.
En 1707 se acuñó en Valencia la treseta que equivalía a tres dineros.

U


UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA (UEM):

Se puede definir una unión económica y monetaria como el espacio económico constituido por una zona donde circulan libremente mercancías, capitales y personas y cuenta con una sola moneda y una misma política monetaria.

UNIÓN EUROPEA (UE):

Así se conoce ahora al grupo de países que antes formaban la Comunidad Económica Europea. El cambio de nombre sirvió para reforzar la cohesión interna y dar más importancia a los aspectos que afectaban directamente a los ciudadanos.

UNIÓN MONETARIA ESCANDINAVA:

Formada en 1873 por Dinamarca y Suecia, en 1875 se suma Noruega. Adoptan el patrón de oro y el sistema decimal con pesos propios en el cual la unidad monetaria fue el krone (corona). La Unión Monetaria Escandinava duró hasta 1924.

UNIÓN MONETARIA EUROPEA(UME):

Significa que a partir de 1999, la Unión Europea utiliza una moneda única y tiene una política monetaria común, que es diseñada por el Banco Central Europeo y los Bancos Centrales Nacionales. Forman parte de la UME desde mayo de 1998 los siguientes países: Alemania, Austria, España, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Irlanda, Luxemburgo, Portugal, Suecia.

Las etapas de la Unión Económica y Monetaria son tres:

1ª.- Julio de 1990-diciembre 1993: libre circulación de capitales, eliminación de barreras para la creación del Mercado Único, mejora de la cooperación de los bancos centrales y reforzamiento en la coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros.
2ª.- Enero 1994-diciembre 1998: creación del Instituto Monetario Europeo (antecesor del Banco Central Europeo).
Cada Estado se compromete a garantizar la independencia de un Banco central y cumplir requisitos de convergencia económica (Maastricht).
3ª.- El 1 de enero de 1999: el euro entra en funcionamiento:

  • Etapa transitoria del euro: es la etapa que comenzará el 1 de enero de 1999. En esta etapa se fija el tipo de conversión del euro que es inamovible.
    Este tipo de conversión fue decidido por los Estados miembros de la UME el 31 de diciembre de 1998.
  • A partir de esta fecha se puede utilizar el euro para transacciones; para cobros y pagos en efectivo. Se siguen utilizando las monedas y billetes nacionales hasta el 1 de enero de 2002.
  • Etapa de conclusión del euro: esta etapa se extiende del 1 de enero del 2002 al 1 de julio de 2002 (como máximo).
    A partir del 1 de enero de 2002 ya se puede utilizar el euro para realizar pagos y cobros en efectivo. Durante este período de dos meses los billetes y monedas nacionales se pueden cambiar por euros (gratuito). A partir también de esta fecha aquellos contratos, deudas, obligaciones… en pesetas pasarán a denominarse en euros.
  • Es a partir del 1 de marzo de 2002 (cómo máximo) cuando sólo se pueden utilizar euros, la peseta desaparece.

UNIÓN MONETARIA LATINA:

Hacía referencia al espacio monetario común constituido originariamente por Francia y Bélgica y al que se sumaron más tarde otros países, como España, Italia, Suiza, Grecia y Bulgaria. Dentro de esta unión monetaria las especies de oro y plata tenían peso, ley, módulo y curso comunes.

V


VELLÓN:

Moneda moderna y contemporánea. Aleación de plata y cobre en distintas proporciones. El vellón puede ser pobre o rico, sólo depende de la cantidad de plata que se mezcle, cuando predomina la plata el vellón es rico y cuando predomina el cobre el vellón es pobre.

Z


ZONA DEL EURO O EURO ZONA:

Zona geográfica que está definida por los Estados miembros que participan en la Unión Económica y Monetaria (UEM).

 

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